Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 18 de enero de 2018, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo del pleno del senado de 27 de octubre de 2017 por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución (Boletín Oficial del Estado, núm. 260, de 27 de octubre de 2017)


Previo el preceptivo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior en su reunión del día 18 de enero de 2018, y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente , el Defensor del Pueblo (e. f.) resuelve en relación con la previsión contenida en el artículo 162.1.a) de la Constitución español a y el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 (Boletín Oficial del Estado número 260, del mismo día), por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución española.

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