Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 29 de octubre de 2019, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 5/2019, de 23 de julio, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla la Mancha, núm.150 de 30 de julio de 2019)


Previo el preceptivo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior en su reunión del día 29 de octubre de 2019, y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente, el defensor del pueblo (e.f.) resuelve en relación con la previsión contenida en el artículo 162.1.a) de la Constitución española y el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 5/2019, de 23 de julio, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha (Mancha número 150, de 30 de julio de 2019).

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