Resolución adoptada por la Defensora del pueblo, el 5 de mayo de 2017, con motivo de la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 46 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación de la Junta de Galicia (Diario Oficial de Galicia, núm. 28, de 9 de febrero de 2017)


En virtud de cuanto antecede, y oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión de 5 de mayo de 2017, la Defensora del Pueblo, de acuerdo con la legitimación que le confieren los artículos 162.1.a) de la Constitución, el 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula esta Institución, ha resuelto no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Ordenación de la Junta de Galicia.

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