En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director del MNP y una técnica de esta institución realizaron de oficio una visita a la Comisaría Provincial de Cuenca el 9 de julio de 2024.
Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito, que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Dirección del centro visitado, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Dirección General.
SUGERENCIAS
PRIMERA. Que se doten las dependencias con jabón y toallas a disposición de las personas detenidas, de conformidad con la normativa disponible.
SEGUNDA. Que se impartan las órdenes necesarias para garantizar la excepcionalidad de la retirada de efectos personales que puedan suponer una merma en las capacidades físicas o en la integridad moral y dignidad de las personas detenidas -como unas gafas graduadas o ropa interior-, así como la anotación en sus hojas de custodia de las razones que justifiquen dicha retirada.
TERCERA. Que se adopten las medidas necesarias para garantizar que las hojas de custodia del Libro de registro y custodia de personas detenidas mayores y menores de edad recojan el momento exacto en el que se designa oficialmente un profesional de la abogacía, la hora en la que acude efectivamente a dichas dependencias o en la que se comunica telefónicamente con sus patrocinados, así como todos los contactos llevados a cabo entre las personas privadas de libertad y otras terceras partes, como familiares, intérpretes, o facultativos médicos, entre otros.
CUARTA. Que se realicen las actividades de formación necesarias para reforzar los conocimientos de la aplicación DILISES-SES del personal policial de la Comisaría.
QUINTA. Que se garantice la digitalización en la aplicación DILISES-SES del formulario de información a la persona detenida, en el que se le comunica cómo se va a desarrollar la privación de libertad.
SEXTA. Que se impartan las órdenes oportunas que garanticen la identificación del personal policial y que se vigile el cumplimiento de esta previsión por los superiores.
SÉPTIMA. Que se edite e instale en la zona de calabozos información visible sobre el derecho de las personas detenidas a presentar una queja, con información sobre el procedimiento disponible a estos efectos.
OCTAVA. Que se garantice que el sistema de videovigilancia y videograbación cubra todas las zonas por las que transiten las personas privadas de libertad, a excepción de los aseos y de la sala destinada a la asistencia letrada.
NOVENA. Que se extienda la cobertura de videovigilancia a los ángulos muertos evidenciados, y que se realicen las actuaciones necesarias para detectar cualquier punto ciego en la zona de custodia y detención, a los efectos de evitar comprometer la indemnidad física y la seguridad tanto de las personas privadas de libertad como del personal encargado de su custodia.
DÉCIMA. Que se den las indicaciones necesarias para garantizar que las puertas de las celdas de incomunicación permanezcan cerradas, al objeto de evitar comprometer la indemnidad física de quienes las ocupan, tal y como recoge el punto 8.4.5) de la Instrucción 1/2024 SES.
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes al que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.
Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas en el informe técnico adjunto donde se detallan los aspectos observados durante la visita.
Agradeciendo la colaboración que presta,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo